mayo 14, 2024

Filtran reglamento del Cartel del Golfo

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  • Inspirado en fuerzas militares formales

Redacción México Político

A propósito de la discusión entre México y Estados Unidos sobre el fentanilo, ha salido a relucir de nueva cuenta el Cártel del Golfo (CDG), ya que al tener una presencia destacada en Matamoros, Tamaulipas, municipio fronterizo con el estado de Texas, es un cinturón de tráfico de sustancias como cocaína, metanfetamina y el mencionado fentanilo, sin menosprecio de las actividades ilícitas como tráfico de órganos, personas o armas.

Sin embargo, la información que está incendiando las redes no es actual, sino que data del 2021, y se trata ni más ni menos del “Reglamento XIX”: un cuadernillo decomisado por el Ejército Mexicano en El Naranjo, San Luis Potosí, cuando fueron detenidos cuatro hombres presuntos miembros del CDG, en cuya portada aparece la silueta del estado de Tamaulipas y la leyenda Reglamento XIX.

La periodista Laura Islas, firmante de la nota publicada en Unión Guanajuato, señala que de acuerdo a un análisis de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), se trataría de una copia del Reglamento General de Deberes Militaresde la Sedena, que fue publicado originalmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 26 de marzo de 1937 y su última reforma es del 4 de diciembre de 1943, aunque el cuaderno sólo considera 19 puntos, de las más de 300 reglas contenidas en el Reglamento.

Esta información proviene de la filtración de los “Guacamaya Leaks”, donde la periodista tuvo acceso al análisis de Sedena, y en primera instancia, al hecho de la existencia del cuadernillo. Es así como informa que la Defensa cree que existe una posible participación de desertores de las Fuerzas Armadas en la creación de este reglamento del CDG, por lo que ordena que se “intensifique la aplicación de las medidas de contrainteligencia”.

A la luz de los recientes hechos en Tamaulipas, donde el pasado 9 de marzo fueron encontrados cinco hombres con vida (dos de ellos estadounidenses), con las manos atadas y un narcomensaje, hay lecturas de que pudiera deberse este hecho -que extrañó a la opinión pública- a cumplir con el punto número 13 del reglamento del CDG.

Estos son los 19 puntos:

I. La disciplina debe ser rígida, firme y razonada por parte de un superior hacia sus subalternos y homólogos.

II. El principio de la disciplina es el deber y la obediencia, tan noble es mandar como obedecer y mandará mejor quien sepa obedecer.

III. Las órdenes deben ser cumplidas con exactitud e inteligencia, sin demoras o murmuraciones. Solo se podrá pedir que sean aclaradas cuando parezcan confusas.

IV. Las órdenes serán emitidas por superiores conforme a códigos de la organización y la subordinación mantenida entre grados jerárquicos o comisione.

V. Queda prohibido expresarse mal de sus superiores si hubiera alguna queja se le hará saber a quien pueda remediar y no se le dará mal ejemplo con murmuraciones.

VI. Existe subordinación entre integrantes del mismo grado o jerarquía, siempre y cuando tenga una encomienda de mando.

VII. Todo integrante con mando debe conocer a sus subordinados, su procedencia, su mentalidad, cualidades y defectos así como tener inventario del personal, equipo y recursos con los que cuenta.

VIII. Todo integrante cumplirá y hará cumplir las órdenes emitidas por el mando y aceptar dignamente de manera material y moral.

IX. Deberá permanecer siempre limpio, vestido correctamente de civil o de uniforme y mantener sus prendas en perfecto estado, abstenerse de hablar de manera impropia o con claves en lugares públicos o llamar la atención ya que todo integrante representa al cartel y debe anteponer los objetivos de la organización a los personales.

X. Debe ser puntual en cualquier ordenamiento así como dar mantenimiento y conservar en perfecto estado operativo todos los recursos bajo su resguardo, ya sea materiales, equipo, armamento, vehículos, oficinas, radiocomunicaciones, etc.

XI. Es obligación de todos los integrantes mantenerse en buenas condiciones físicas y mentales, así como fomentar la disciplina para estar dispuestos a cualquier misión.

XII. Se castigará severamente al integrante que ponga pretextos para realizar cualquier apoyo que requiera o solicite el mando superior jerárquico u homólogo en situaciones críticas.

XIII. Abstenerse de molestar o alterar la paz de las personas civiles o realizar actos de prepotencia abusando de los recursos que el cartel le asigna, proteger y salvaguardar a las familias y a la ciudadanía tratándolos siempre con respeto y dignidad.

XIV. Si el mando designa a un segundo encargado o interino se le obedecerá como si las órdenes las emitiera el mismo mando y cumplirlo al pie de la letra.

XV. Todo integrante se abstendrá de dar información de la organización o misión que se le encomiende a personas ajenas al mismo ordenamiento.

XVI. Cualquier acto de rebeldía, insubordinación, traición, será sancionado severamente conforme el alto mando ordene.

XVII. Todo integrante recibe un sueldo del cual alimenta a su familia por esa razón tiene la obligación de poner su esfuerzo y voluntad al servicio del cartel.

XVIII. Todo aquel que tenga conocimiento de algún ataque contra los intereses del cartel y no dé parte o no lo defienda será sancionado como si él mismo cometiera el ataque, así como si de alguna manera traicionara los intereses de la organización.

XIX. Se atenderá de manera prioritaria cualquier auxilio o emergencia que tenga el alto mando sobreponiendo de cualquier otra encomienda recordando que el escolta está preparado para sacrificar su vida si es necesario para proteger al mando una vez que la organización está encima de nosotros.

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