La Cámara de Diputados aprobó este jueves un dictamen que deroga el derecho de las mujeres para mantener la custodia automática, en caso de divorcio, de los hijos menores de siete años.
La modificación al artículo 282 del Código Civil Federal que deroga esta disposición legal ahora pasará al Senado para su discusión y aprobación.
El argumento para eliminar este derecho se basa en que el otorgamiento de guarda y custodia de un menor de edad no debe estar basado en prejuicios de género, atendiendo así el interés superior de la niñez.
Hasta ahora, durante una demanda de divorcio establece como regla que los hijos menores de siete años deben quedar bajo custodia y cuidado de la madre. Pero los diputados consideran que esta norma va en contra de la igualdad de género y que no necesariamente favorece las necesidades, tanto de los infantes, como de las propias mujeres.
El párrafo que se busca derogar es el siguiente: “Salvo peligro grave para el normal desarrollo de los hijos, los menores de siete años deberán quedare al cuidado de la madre”.
En el dictamen de la ley también se argumenta que ambos padres son aptos para llevar a cabo la crianza de los niños y el cuidado del hogar. Por tanto, la reforma busca eliminar el pensamiento “conservador” y esencialista que otorga a la mujer el rol de cuidadora.
Por estas razones, los diputados aprobaron la reforma a la fracción VI del artículo 282 del Código Civil Federal por unanimidad de 476 votos a favor.
📌 La Cámara de Diputados avaló reformar el artículo 282 del Código Civil Federal, a fin de que, en caso de divorcio, se salvaguarde el interés superior de la niñez.https://t.co/9h9FWJW1hl
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) February 4, 2022
Durante la discusión del dictamen, la diputada Taygete Irisay Rodríguez González (MC) mencionó que el Código Civil Federal prevé que, al admitirse una demanda de divorcio, salvo peligro grave para el normal desarrollo de los hijos, los menores de siete años deberán quedar al cuidado de la madre.
Y mencionó que en muchos casos “esa decisión puede coincidir con el interés superior del niño o de la niña, pero lo cierto es que una regla dictada en lo general para casos que deben resolverse en lo particular no necesariamente atiende al interés superior de las niñas y de los niños involucrados”.
Además, argumentó que encargar el cuidado de las y de los niños a la madre en el tiempo que dure el juicio es una medida que asume que las madres son las responsables naturales de ellos, y hoy en día, con la participación de las mujeres en la vida laboral, “esto ya no es necesariamente el caso para todas las familias”.
Añadió que el dictamen atiende una realidad que rebasa, por un lado, el número de divorcios que se han duplicado en los últimos 10 años y, por el otro, más del 90% de los divorcios que se resuelven por la vía judicial.