Compartir Por Arturo Zárate Vite El poder legislativo -Cámara de Diputados y Cámara de Senadores- está a punto de entrar a la recta final de su segundo año en ejercicio y todavía no ha querido o no ha podido instalar sus seis comisiones bicamerales.La LXVI legislatura no ha cumplido con disposiciones expresas que están en la Constitución, leyes y reglamentos.Ha caído en omisión.La responsabilidad es de las Juntas de Coordinación Política tanto de la Cámara de Diputados como de la Cámara de Senadores.Tampoco las bancadas de oposición han puesto empeño en su instalación.¿Cuáles son esas seis comisiones bicamerales?1.Comisión Bicameral de Seguridad Nacional.2.Comisión Bicameral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión.3.Comisión Bicameral de Disciplina Financiera de las Entidades y de los Municipios.4.Comisión Bicameral de la Fuerza Armada Permanente.5.Comisión Bicameral de Concordia y Pacificación.6.Comisión Bicameral del Sistema de Bibliotecas.De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española el término correcto es “bicameral” aunque también es aceptado “bicamaral” y así aparece en la normatividad nacional.Como es sabido, en el poder legislativo hay comisiones ordinarias, especiales y bicamerales. Las últimas, por ley, están integradas por senadores y diputados.De las seis, por la situación que se vive en materia de seguridad en nuestro país, quizás llame más la atención que no se haya instalado la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional.¿Y que hace esta comisión?De acuerdo con la Ley de Seguridad Nacional:“Artículo 56.- Las políticas y acciones vinculadas con la Seguridad Nacional estarán sujetas al control y evaluación del Poder Legislativo Federal por conducto de una Comisión Bicamaral integrada por tres diputados y tres senadores.La presidencia de la Comisión será rotativa y recaerá alternadamente en un senador y un diputado.Artículo 57.- La Comisión Bicamaral tendrá las siguientes atribuciones:I.Solicitar informes concretos al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISN), cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente a su ramo o actividades.II.Conocer el proyecto anual de la Agencia Nacional de Riesgos y emitir opinión al respecto.III.Conocer el informe a que hace referencia el artículo 58 de esta ley.IV.Conocer los reportes de actividades que envíe el director general del CISN al secretario Ejecutivo.V.Conocer los informes generales de cumplimiento de las directrices que dé por escrito el secretario Ejecutivo al director general del CISN.VI.Conocer de los acuerdos de cooperación que establezca el CISN y las acciones que realicen en cumplimiento de esos acuerdos.VII.Requerir al CISN y a las instancias correspondientes los resultados de las revisiones, auditorías y procedimientos que se practiquen a dicha institución.VIII.Enviar al Consejo de Seguridad Nacional cualquier recomendación que considere apropiada.IX.Las demás que le otorguen otras disposiciones legales.Artículo 58.- En los meses en que inicien los periodos ordinarios de sesiones del Congreso, el secretario técnico del Consejo de Seguridad Nacional deberá rendir a la Comisión Bicamaral un informe general de las actividades desarrolladas en el semestre inmediato anterior”.Nada de esto se ha hecho por la falta de instalación de dicha comisión y no hay precedente de que algo similar haya ocurrido en anteriores legislaturas.Otra de las comisiones bicamerales que debe de tener alta importancia para el poder legislativo es la que tiene que ver con el Canal del Congreso, porque transmite la imagen de diputados y senadores, sus sesiones y diversas reuniones. La comisión debe estar al tanto de la difusión y el nombramiento de su director.Por el momento, las seis comisiones bicamerales andan en el mundo inanimado; oficialmente no se ha fijado fecha para llevar a cabo su instalación.El que no estén activadas representaría ahorro para el poder legislativo, pero también incumplimiento de la normatividad.X y TikTok: @zarateaz1 Navegación de entradas Las vulnerabilidades de Sheinbaum Organizaciones migrantes exigen una reforma electoral que incluya plenamente a la diáspora mexicana
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