octubre 16, 2025

Temas centrales: Y sigue la mata dando

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Por Miguel Tirado Rasso
mitirasso@yahoo.com.mx

El tiempo necesario, sin precipitaciones
ni atropellos, ofrecido por el Coordinador
de los diputados de Morena, para las
audiencias y aprobación de la reforma,
no llegó ni a una semana.

Una vez más, los de la Cuarta Transformación nos vuelven a restregar su estilo particular de legislar, en forma y fondo. “Queremos que haya una gran discusión, el tiempo que sea indispensable. No vamos a precipitar nada, no vamos a atropellar nada.” Declaró orondo el Coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, en relación a la reforma de la Ley de Amparo. Solo le faltó explicar al diputado Monreal, que los tiempos y ritmos de los procesos legislativos de la 4T, son otros y diferentes a los de antes. Y, en esto, efectivamente, no son iguales.

Porque a partir de que Morena obtuvo, vía interpretaciones retorcidas de la autoridad electoral, el control de las Cámaras de Diputados y de Senadores, con ficticias mayorías calificadas de sus bancadas, el Congreso Federal se ha convertido en la oficialía de partes del Ejecutivo. Una oficina de trámite para la aprobación de las iniciativas de ley de Palacio, sin revisar, analizar y, muchas veces, sin conocer su contenido, porque la instrucción era y, según se ve, lo sigue siendo ahora, aunque un poco menos rígida, aprobarlas sin modificación alguna.

El tiempo necesario, sin precipitaciones ni atropellos, ofrecido por el Coordinador de los diputados de Morena, para las audiencias y aprobación de la reforma, no llegó ni a una semana. El miércoles 8 de octubre, se anunciaron las fechas para las audiencias: viernes 10, sábado11 y lunes 13. Sin embargo, el micrositio para la inscripción de participantes, se habilitó hasta las 16 horas del jueves 9 y se cerró a las ocho de la noche del mismo día. Sólo cuatro horas para inscribirse. Quienes se enteraron y pudieron hacerlo, contaron con 5 minutos de exposición.

Tiempo insuficiente para un análisis profundo y serio que debió merecer una reforma de la importancia y trascendencia de la Ley de Amparo. Queda claro que el debate, los razonamientos y la argumentación no son tema para Morena. Sus legisladores, oyen, a veces, pero no escuchan. Ni están dispuestos a cumplir con la función que les corresponde como Poder Legislativo. Por eso, sus procesos legislativos son rápidos, breves y furiosos.

En el Senado, el proceso para la aprobación de la reforma, fue casi al vapor. Dos días, para realizar audiencias públicas, el lunes 29 y el martes 30 de septiembre, con la participación de abogados, especialistas y miembros de la sociedad civil que alertaron, ante un foro morenista indiferente, sobre las nefastas consecuencias de una reforma que restringe y limita la única protección que tiene el ciudadano para defenderse de los abusos del poder del Estado. En el tercer día, miércoles 1 de octubre, se aprobó la iniciativa presidencial. Sólo tres días, antes de turnar la minuta a los diputados, con una manzana envenenada: una reforma en los artículos transitorios para permitir su aplicación con efectos retroactivos.

Lo que parecía un distractor, la retroactividad, por su carácter claramente inconstitucional, que mereció críticas en contra, desde la Titular del Ejecutivo, los ministros de la nueva Corte hasta el “constitucionalista” jefe de la mayoría morenista en la Cámara de Diputados, planteando la conveniencia de eliminar esa propuesta, resultó ser, además de un distractor, la entrada para una nueva propuesta de aplicación retroactiva descafeinada, pero igual de dañina.

Un proceso judicial inicia con una demanda y concluye hasta que se dicta una ejecutoria, en consecuencia, inapelable, en favor o en contra de una de las partes. La reforma de la Ley de Amparo, según lo aprobado por los diputados, no aplicará para las etapas procesales concluidas de una controversia judicial que no ha terminado. Pero si se aplicará a los “nuevos” actos procesales, de la MISMA controversia, con los que, una de las partes, busca obtener con una sentencia final favorable. Esto significa que, habiendo iniciado un juicio con las reglas de una ley, concluirá, conforme a los términos de una ley diferente.

Quienes defendieron esta modificación, alegan que no es retroactiva, a pesar de que la Constitución dispone, en su artículo 14, “A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”. En el ejemplo, la aplicación de nuevas reglas, no contempladas en el inicio de un juicio, necesariamente afectará a una de las partes.

Total, que la aprobada Ley de Amparo, de ser un juicio de protección constitucional de las personas contra los abusos del poder del Estado, se convierte ahora en una grave limitación al ejercicio de los derechos ciudadanos y una herramienta de la autoridad para “protegerse de los excesos” de los particulares.

Octubre 16 de 2025

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