enero 29, 2025

Litigios silenciosos y cambios drásticos

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Margarita Ríos Farjat publica columna en Milenio Diario

En 2017, una mujer contrató un seguro de gastos médicos mayores con un beneficio adicional de cubrir “infarto y cáncer en mujeres”, y antes de continuar con la historia resalto que esta es una preocupación, por desgracia, generalizada en nuestros días, pues a partir de algunos lustros es que se ha puesto el foco en la gravedad del cáncer de mama o del cérvico uterino, así como de muchas situaciones médicas que antes se soslayaban.

Las campañas de concientización están logrando su cometido, pero la tasa de incidencia sigue creciendo. Por ejemplo,  la tasa era de 18. Ese foco de atención irrumpe en nuestros pensamientos y nos hace tomar precauciones preventivas que no eran comunes en generaciones anteriores.

Cuenta una entonces con un seguro y es como comprar algo de tranquilidad, y en este caso fue lo inverso que adquirió la mujer pues al poco tiempo, y luego de varios intentos infructuosos por embarazarse, fue diagnosticada con cáncer cérvico uterino. Hay que ponerse un instante en el lugar de la persona. El mundo entero, junto con los sueños que hemos construido para ser parte de este, colapsa. Entre la incredulidad y la preocupación por la salud y el proyecto de vida, tiene la persona que encargarse también de lo más mundano: gastos, reclamos, recursos.

La mujer recurrió a la aseguradora para recibir el apoyo que jamás quiso imaginar que solicitaría alguna vez. Pero la aseguradora se negó. Le dijo que en las condiciones generales de la póliza de seguro se especificaba que la enfermedad diagnosticada estaba expresamente excluida de la cobertura. Condiciones, por cierto, que la aseguradora no había entregado a la mujer ni estaban registradas ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

La mujer, que lidiaba con la perturbadora revelación de que sus intentos por ser madre se frustraban frente al cáncer, tendría que lidiar, además, con un juicio. A veces, las personas aseguradas que sufren un revés así concentran sus energías en recuperarse y no litigan, a pesar de que esa impotencia pueda agravar su estado integral de salud.

Esta mujer emprendió la batalla. Además del cumplimiento forzoso del contrato de seguro, demandó responsabilidad civil, daño moral y hasta daños punitivos derivados del incumplimiento. En el juicio se condenó a la empresa al pago de la suma asegurada, pero la absolvió del

daño moral y los daños punitivos.

La mujer continuó su lucha. En el amparo explicó que tuvo que litigar para obtener la prestación contratada, y que esto la había hecho exponer su intimidad ante cualquier funcionario judicial que leyera su caso, pues todas las pruebas giraban en un área física y emocionalmente muy íntima, siendo que todo derivaba de un actuar indebido de la aseguradora.

Así llegó este asunto a la Primera Sala de la Suprema Corte. Por cierto, la misma Sala justo acababa de determinar (en 2022) que la relación desigual entre aseguradoras y contratantes obliga a que la única forma de demostrarse que la parte contratante conoció y aceptó las condiciones generales es con constancia escrita que así lo acredite (nada de carátulas firmadas y condiciones desconocidas que “siempre no eran” las prometidas).

La Primera Sala determinó entonces que la aseguradora incumplió con su obligación de pago, pero también en su deber de comunicar e inscribir las supuestas condiciones realmente pactadas, y ese incumplimiento colocó a la asegurada a una situación que incidía en su integridad psíquica, obligándola, además, a litigar, configurándose así el daño moral; mientras que los daños punitivos son resultado de ese proceder irregular y contumaz.

La mujer alcanzó sus pretensiones, pero además logró que la Primera Sala desplegara su ala más protectora y además sancionara como daño punitivo este tipo de proceder, que desanima a las personas enfermas o accidentadas de reclamar lo justo. Si bien pueden existir casos fraudulentos, quien posee la razón (ya sea porque tiene la verdad o porque la aseguradora fue irresponsable o negligente) no tendría por qué litigar durante años.

Esta decisión tiene apenas un mes, y ahora que inicia marzo con su día internacional de la mujer y otras efemérides importantes es una muy buena noticia, pues ensancha el horizonte de derechos de las mujeres y de cualquier persona asegurada. La sociedad, a punta de litigios, va dando forma al porvenir responsable y justo en el que quiere vivir. 

Margarita Ríos-Farjat*

  • Ministra de la Suprema Corte de Justicia
    https://www.milenio.com/opinion/margarita-rios-farjat/columna-margarita-rios-farjat/litigios-silenciosos-y-cambios-drasticos

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