El Senado de la República aprobó, con cambios, el proyecto de decreto que envió la Cámara de Diputados para expedir la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, a fin de modernizar el ordenamiento vigente en la materia y adecuarlo a los flujos del comercio internacional actuales.
La propuesta -que se avaló en lo general, con 64 votos a favor, 48 en contra y tres abstenciones-, incorpora un esquema que faculta a la Secretaría de Economía para publicar los números estadísticos de las fracciones arancelarias, que permitan una identificación más precisa de las mercancías para fines estadísticos.
Armoniza los números para la clasificación e identificación de mercancías con mayor detalle, de acuerdo con la codificación que les corresponde en el comercio internacional, en beneficio de las personas y a la propia autoridad aduanera, al facilitar el seguimiento y el cumplimiento de la Ley.
En el dictamen, las y los senadores consideraron necesario ajustar la redacción de la fracción arancelaria 8543.40.01, para establecer la prohibición de importación y exportación de los cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos y electrónicos similares.
Lo anterior, incluye aquellos dispositivos novedosos y emergentes que utilicen tabaco calentado, los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares Sin Nicotina y Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina similares.
En las consideraciones, los legisladores destacaron que “esta modificación guarda congruencia con el contenido de otros capítulos y sus fracciones arancelarias en esta Ley, para atender los efectos nocivos que estos productos, conocidos como vapeadores, tienen en la población.
Desde la tribuna, el presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Alejandro Armenta Mier, explicó que uno de los principales objetivos de esta minuta con proyecto de decreto, es instrumentar la “Séptima Recomendación de Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”.
El legislador explicó que se actualiza y moderniza este ordenamiento, y se adecúa en el marco del comercio internacional, principalmente con los socios comerciales de Estados Unidos y Canadá.
Apuntó que, en este momento, el desfase de México por la Ley, representa para los participantes del comercio exterior mexicano, una complejidad innecesaria que se traduce en mayores costos de operación y riesgo, por una clasificación arancelaria incorrecta, lo que puede llegar a implicar la imposición de sanciones innecesarias y en ocasiones excesivas.
Aclaró que las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda, realizaron dos modificaciones a la minuta: “una, con la finalidad de proteger la salud de las personas y dar continuidad a la política del Ejecutivo Federal para evitar la exposición de sustancias tóxicas, que pueden producir daño en la salud”, por el consumo de tabaco, nicotina y productos emergentes.
Por ello, apuntó, se estableció la prohibición de la importación y exportación de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares Sin Nicotina, Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares.
“Dichos productos no pueden obtener autorización por parte de la Autoridad Sanitaria para llevar a cabo la realización de actividades relacionadas con la producción, fabricación, o importación de éstos, razón por la cual está prohibida su comercialización dentro del territorio nacional”, subraya el dictamen.
La segunda modificación, añadió el senador, permite al Servicio de Administración Tributaria contar con un plazo de 180 días, después de la entrada en vigor de la Ley, para actualizar los sistemas utilizados en las operaciones de comercio.
Por su parte, la presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, Ana Lilia Rivera Rivera, destacó que senadoras y senadores coincidieron con la Cámara de Diputados en que este proyecto adecuará la legislación con los flujos vigentes de comercio internacional en términos de nomenclatura arancelaria.
Al hablar en contra del dictamen, el senador del Grupo Plural, Gustavo Madero Muñoz, explicó que las modificaciones que se hicieron a la minuta, para prohibir la importación y exportación de los denominados cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización, “son desproporcionadas, fomentan la piratería y el contrabando, además de que atentan contra el principio del libre desarrollo de la personalidad”.
En contraste, la senadora de Morena, Lilia Margarita Valdez Martínez, señaló que estos dispositivos son dañinos para la salud, sobre todo para los menores, porque los fabricantes incluyen en ella productos que son adictivos y nocivos.
Su compañera de bancada, la senadora Cecilia Margarita Sánchez García mencionó que los productos de tabaco y nicotina son indudablemente dañinos para la salud, derivado de todos los compuestos metálicos como el cadmio, níquel, cobre, plomo y aluminio, además de las sustancias que tienen efectos adversos en el cerebro.
Por el PRI, la senadora Nuvia Mayorga Delgado, expresó que, con esta Ley, México estará dentro del comercio internacional con un sistema moderno, que permitirá el flujo de mercancías y facilitará a los empresarios mexicanos la exportación e importación de productos para competir comercialmente.
Por el PAN, la senadora Minerva Hernández Ramos expresó que, si bien es cierto que México requiere actualizar y modernizar su regulación en materia de impuestos al comercio exterior, “tampoco es conveniente hacerlo mediante un trabajo legislativo simulado o la expedición de leyes improvisadas”.
Por Movimiento Ciudadano, el senador Luis David Ortíz Salinas, expresó que la importación relacionada con los cigarros electrónicos no debe de prohibirse, sino que los mismos deben gravarse fiscalmente y establecer sobre ellos aranceles similares a los que se aplican a cigarros o al tabaco.
El senador Rogelio Israel Zamora Guzmán, del PVEM, expresó su voto a favor, ya que los vapeadores son dañinos para la salud, de acuerdo con información proporcionada por organismos internacionales.
En la discusión en lo particular, la Asamblea aceptó las propuestas que presentó el senador Ernesto Pérez Astorga, de Morena, para eliminar de la fracción identificada con el número 8543.40.99 la frase “todos los demás”, porque de mantenerse podría generar incentivos o vacíos legales para que esta fracción se aplique a ciertos dispositivos, “y con ello se deje sin efecto la restricción a la disponibilidad de estos productos que acertadamente pretende prohibir el dictamen”.
Además, se avaló otro cambio al dictamen para incluir a la fracción 2404.11.01, la prohibición de los cartuchos de tabaco o tabaco reconstituido, utilizados en los sistemas alternativos de consumo de nicotina. Estas reservas se aprobaron en lo particular, con 68 votos a favor, 39 en contra y 3 abstenciones.
El Pleno también rechazó las reservas que presentaron los senadores Miguel Ángel Mancera Espinosa, del PRD; y Alejandra Lagunes Soto Ruíz, del PVEM.
Luego de su aprobación, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto fue devuelto, con cambios, a la Cámara de Diputados.